PYMES EN EMERGENCIA: PROPUESTAS DE MEDIDAS EN AUXILIO

Mar 26, 2020
PYMES EN EMERGENCIA:  PROPUESTAS DE MEDIDAS EN AUXILIO

A NIVEL DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL

1. Dada la imposibilidad del Sistema Financiero de instrumentar -vía canales electrónico- el otorgamiento de financiación a las nóminas salariales se debe generar una transferencia hacia las Empresas desde el ANSES (FGS) por el 50% de la nómina salarial declarada en el último mes (febrero 2020) en el Formulario 931 y sin interés (o con uno similar, como máximo, al previsto en las financiaciones que el BCRA fijó en la Comunicación A 6943)

Ese aporte deberá ser reintegrado por la Empresa con 6 meses de gracia en 12 cuotas las que deberán ser canceladas junto a los saldos a integrar con la presentación del Formulario 931

La acreditación debe hacerse a través del CBU declarado por la Empresa ante la AFIP.

2. Ampliar la eximición sobre contribuciones patronales a todas las micro y pequeñas empresas y permitir el cómputo del total del MNI a todas las medianas tramo I mientras se sostenga la emergencia sanitaria y el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO

3. Ampliar plazos de IVA a 90 días de manera automática para las MIPYMES;

4. Extender los impuestos a ser incluidos en la moratoria PYME a todos aquellos que venzan hasta el último día del mes en que declare el fin del aislamiento

5. Actualización de los montos de facturación para ser considerado PYME y acceder al Registro PYME. (No se actualiza desde 2018)

6. Ante la interrupción de la cadena de cobros/pagos y para evitar su colapso

a) Los Bancos deben actualizar de modo automático los montos de los acuerdos para sobregiros en cuenta corriente. Los montos adicionales deben provenir de la disminución de los encajes dispuesta por la Comunicación BCRA A-6943. La tasa de interés de esas autorizaciones de sobregiro debe ser la citada en la misma Comunicación

b) Reestructuración de los vencimientos de las cuotas por préstamos otorgados

c) Aplicar una tasa 0% a los saldos deudores existentes al día 19/03/2020 y hasta la total regularización del funcionamiento de las Cámaras Compensadoras.

7. El Banco Central de la República Argentina debería activar e instruir al Sistema Financiero para habilitar de modo inmediato la emisión de E-CHEQUES y la posibilidad que los mismos sean descontados sea a través de los canales del propio Banco o de la Bolsa.

EN TODOS LOS CASOS QUE ASI SEA NECESARIO, EL PODER EJECUTIVO NACIONAL DEBE INVITAR A LAS PROVINCIAS TOMAR MEDIDAS SIMILARES

A NIVEL DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

1. Extender los impuestos a ser incluidos en la moratoria a todos aquellos que venzan hasta el último día del mes en que declare el fin del aislamiento

2. Prorrogar por 90 días el pago de los saldos de las Declaraciones Juradas del Impuesto a los Ingresos Brutos (la propuesta debe ser también expuesta en la Comisión del Convenio Multilateral a efectos que alcance a la totalidad de las Empresas que tributan en ése Convenio (formulario 905)

A NIVEL DEL GOBIERNO LOCAL (MUNICIPAL)

1. Eliminación de la “Tasa Mínima” para el pago de las Tasa de Servicios General o de Higiene y Seguridad y reducción al 50% de las Tasas de Servicios Generales / y/ó Higiene y Seguridad, Habilitación, Aparatos de presión, etc.

Morón, 25 de marzo de 2020