BCRA: Comunicación A-6977 – Empresas de cobranza extra-bancarias. Atención al público

Abr 17, 2020

A partir del 20.4.2020, las empresas de cobranzas extrabancarias podrán realizar la atención al público, las que deberán garantizar el cumplimiento del Protocolo de atención y salubridad y Comunicación interna al personal de atención que se acompaña en anexo, sin perjuicio de las medidas y controles que puedan disponer las respectivas autoridades jurisdiccionales. Estas empresas deberán establecer un mecanismo para evitar la aglomeración de clientes, tal como la asignación de turnos, la atención por documento de identidad u otro criterio.