AFIP: IIGG – 4ta categoría – Adecuaciones – MNI

Sep 18, 2023
AFIP: IIGG – 4ta categoría – Adecuaciones – MNI

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE: A – SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO ARTÍCULO 1°.- A fin de determinar la procedencia de la exención de la segunda cuota del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2023, considerando lo previsto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, y el Decreto No 473 del 12 de septiembre de 2023, deberá tenerse en cuenta que el monto de la remuneración y/o haber bruto mensual o el promedio del segundo semestre calendario, no superen la suma equivalente a QUINCE (15) SALARIOS MÍNIMOS, VITALES Y MÓVILES (SMVM) -vigente al 1 de octubre de 2023-.

VER Resolución General 5417/2023