AFIP: Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social – Beneficio a contribuyentes cumplidores

Dic 4, 2020
AFIP: Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social – Beneficio a contribuyentes cumplidores

La Administradora Federal resuelve modificar la Resolución General N° 4.816 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustituir en el primer párrafo del artículo 7° la expresión “…hasta el 26 de noviembre de 2020, inclusive…”, por la expresión “…hasta el 11 de diciembre de 2020, inclusive…”.
b) Sustituir en el primer párrafo del artículo 24 la expresión “…con anterioridad al 30 de noviembre de 2020.”, por la expresión “…con anterioridad al 15 de diciembre de 2020.”.
c) Sustituir el primer párrafo del artículo 39, por el siguiente: “El vencimiento de las cuotas operará el día 16 de cada mes y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria (39.1.), siendo la primera de ellas en el mes que, según corresponda, se indica a continuación:

  1. Planes presentados hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive: diciembre de 2020.
  2. Planes presentados entre el 1 y el 15 de diciembre de 2020, ambos inclusive: enero de 2021.”.