AFIP y Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: Procedimientos de ejecución fiscal – Notificaciones – Habilitación al MTESS

Abr 22, 2021
AFIP y Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: Procedimientos de ejecución fiscal – Notificaciones – Habilitación al MTESS

La Administradora Federal de Ingresos Públicos y el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social resuelven: el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el marco de sus procedimientos de ejecución fiscal, podrá efectuar las notificaciones y comunicaciones que se consignan en el Anexo (IF-2021-32841781-APN-DAJ#MT) que se aprueba y forma parte de la presente, conforme lo dispuesto por el inciso g) del artículo 100 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, con excepción de los mandamientos de intimación de pago. Dichas notificaciones y comunicaciones se practicarán en el domicilio fiscal electrónico constituido por los contribuyentes y/o responsables, hasta tanto éstos constituyan domicilio en las actuaciones judiciales; oportunidad a partir de la cual las posteriores notificaciones se gestionarán en este último domicilio, mediante el sistema que establezca el Poder Judicial a tales efectos.


ANEXO I