AFIP Y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL: REPRO II – Beneficiarios. Reducción de contribuciones patronales. Modificaciones

Ene 28, 2022
AFIP Y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL: REPRO II – Beneficiarios. Reducción de contribuciones patronales. Modificaciones

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, RESUELVEN: Modificar la Resolución General Conjunta N° 5.005, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustituir el artículo 1°, por el siguiente: Los empleadores y las empleadoras del sector privado que accedan al beneficio otorgado por el “Programa REPRO II” previsto en la Resolución N° 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus modificatorias y complementarias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y que tengan como actividad principal declarada según el “Clasificador de Actividades Económicas” (Formulario Nº 883) aprobado por la Resolución General Nº 3.537 (AFIP), alguna de las actividades incluidas en los sectores críticos detallados en el Anexo I de la resolución citada en primer término, gozarán -respecto de cada uno de sus trabajadores y trabajadoras de una reducción del CIEN POR CIENTO (100%) de las contribuciones patronales vigentes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que se devenguen entre los períodos mensuales mayo de 2021 y junio de 2022, ambos inclusive, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 323 del 8 de mayo de 2021 y el Decreto N° 899 del 28 de diciembre de 2021.”.