BCRA: Comunicado A6814 – Ingreso de divisas

Oct 21, 2019

A través de la comunicación A 6814, publicada el jueves 17, el BCRA dispuso una serie de flexibilizaciones a la norma dispuesta desde principios de septiembre.

La entidad comunicó que no será necesaria su autorización previa para acceder al mercado local de cambios cuando la compra de divisas tenga como fin precancelar, con más de 3 días hábiles antes a su vencimiento, servicios de capital e intereses de deudas financieras con el exterior siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones: la precancelación sea efectuada en manera simultánea con los fondos liquidados de un nuevo endeudamiento de carácter financiero desembolsado a partir de la fecha; la vida promedio de la nueva deuda sea mayor a la vida promedio remanente de la anterior; el vencimiento del primer servicio de capital del nuevo endeudamiento no sea anterior al primer vencimiento futuro previsto del servicio de capital de la deuda que se cancela; y el monto del primer servicio de capital del nuevo endeudamiento no sea mayor al monto del primer servicio de capital futuro previsto de la deuda que se cancela.

El BCRA además dispuso que no será necesaria la liquidación de los dólares que los residentes ingresen al país por exportaciones de bienes y servicios si los fondos son acreditados en cuentas de moneda extranjera de titularidad del cliente en entidades financieras locales. Así se evita que las empresas exportadoras tengan que vender los dólares que reciben y luego comprar divisas cuando necesitan pagar importaciones, lo que les generaba pérdidas.

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