BCRA: Dólar importador para productos de la canasta básica

Mar 15, 2024
BCRA: Dólar importador para productos de la canasta básica

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente:
Incorporar como inciso iii) del punto 10.10.1.2. de las normas de “Exterior y cambios”, que detalla las operaciones de importaciones de bienes que pueden cancelarse totalmente a través del mercado de cambios desde los 30 (treinta) días corridos contados desde el registro de ingreso aduanero de bienes, al siguiente:
“iii) importaciones oficializadas a partir del 15.3.24 que correspondan a bienes de la canasta básica de consumo cuyas posiciones arancelarias según la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) se encuentran detalladas en el punto 12.4.”

VER Comunicación A-7980