BCRA: Exterior y cambios. Cobro de Exportaciones. Adecuaciones

Ago 8, 2022
BCRA: Exterior y cambios. Cobro de Exportaciones. Adecuaciones

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente Resolución: “1. Reemplazar el punto 7.1.3. de las normas de “Exterior y cambios”, según el punto 8. de la Comunicación “A” 7532, referido a los plazos para el ingreso y liquidación de las divisas que corresponden a anticipos, prefinanciaciones y postfinanciaciones de exportaciones del exterior, por el siguiente: 7.1.3. Los anticipos, prefinanciaciones y postfinanciaciones del exterior deberán ser ingresadas en el mercado de cambios dentro de los 5 (cinco) días hábiles de la fecha de cobro o desembolso en el exterior, contando con un plazo adicional de 10 (diez) días corridos para concretar su liquidación en el mercado de cambios.

VER Comunicación A - 7570