BCRA: Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria Clasificación de deudores

Dic 18, 2020
BCRA: Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria Clasificación de deudores

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:
“1. Prorrogar hasta el 31.3.21 las siguientes disposiciones:
i) Primer y último párrafos del punto 2.1.1.2. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N°260/2020 Coronavirus (COVID-19)”, por lo que las cuotas impagas correspondientes a vencimientos de asistencias crediticias no alcanzadas por la Ley de Tarjetas de Crédito que hayan sido otorgadas por entidades financieras y operen a partir del 1.4.2020 sólo podrán devengar el interés compensatorio a la tasa prevista contractualmente; las entidades deberán incorporar esas cuotas a partir del mes siguiente inclusive al final de la vida del crédito considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio–.