BCRA: Tasas de interés en las operaciones de crédito. Adecuaciones.

Ago 15, 2023
BCRA: Tasas de interés en las operaciones de crédito. Adecuaciones.

Establecer, con vigencia para las imposiciones que se capten a partir del 15.8.23 inclusive, las tasas mínimas para plazos fijos en pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por titula-res del sector privado no financiero aplicables a entidades financieras de los Grupos “A” y “B” – a los efectos de las normas sobre “Efectivo mínimo”– y sucursales o subsidiarias de bancos del exterior calificados como sistémicamente importantes (G-SIBs), previstas en el punto 1.11.1. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo”, conforme lo siguiente: – para el punto 1.11.1.1.: por depósitos a plazo fijo constituidos por personas humanas en la entidad financiera que no superen en total $ 30 millones –incluidos los “Depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por “CER” – Ley 25.827 (“UVA”)” previstos en el punto 2.8., cuando el plazo contractual de estos sea inferior a 120 días en la entidad financiera– a la fecha de constitución de cada depósito, será una tasa de interés nominal anual (TNA) del 118%.



Comunicación A - 7822