COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77: Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra – SIRTAC – Modificaciones

Ago 18, 2020
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77: Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra – SIRTAC – Modificaciones


La Comisión Arbitral (Convenio Multilateral del 18/08/77) resuelve:  ARTÍCULO 1.- Modifíquese el artículo 3 de la Resolución General (C.A.) N. 2/2019, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3 – Las juriysdicciones adheridas serán las encargadas de fijar las reglas de funcionamiento y/u operatividad del sistema informático y las demás pautas comunes. Ellas deberán contemplar las pautas comunes que permita el funcionamiento armonizado de los regímenes locales que operarán a través del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”, en relación a los siguientes aspectos: recepción de declaraciones juradas, depósito de retenciones, pago de intereses por depósito fuera de término, administración y consulta del padrón de las jurisdicciones adheridas, montos mínimos no sujetos a retención, agentes nominados u obligados, consulta de los sujetos pasibles de retención y el régimen de información, de corresponder.


ANEXO I