COMISIÓN PLENARIA CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77: Normas procesales – Adecuación

Mar 21, 2022
COMISIÓN PLENARIA CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77: Normas procesales – Adecuación

LA COMISIÓN PLENARIA CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77, RESUELVE: Modifíquese el artículo 7° del Reglamento Procesal (Anexo de la Resolución CP N.° 32/2015 y sus modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente forma: Las acciones que se promuevan ante la Comisión Arbitral se interpondrán por escrito, debiendo ser fundadas, mencionándose con precisión las actuaciones administrativas en las cuales se exteriorice la pretensión, agregándose cuando correspondiera, copia del acto que se cuestiona y se expresarán las razones de hecho y de derecho en que se basan.