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May 14, 2018

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Se crea el Registro de Fabricantes y Proveedores de Componentes destinados a la Producción de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a fin de facilitar la identificación de proveedores y bienes de origen nacional para que puedan acceder a los beneficios del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica, con el objetivo de incrementar la participación de las fuentes renovables de energía en la matriz eléctrica.

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Y

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Resolución Conjunta 1/2018

Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-14843829-APN-DGD#MP, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, el Decreto N° 531 del 30 de marzo de 2016 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta Nº 1 del 28 de septiembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.190, modificada y complementada por la Ley N° 27.191, se sancionó el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica, con el objetivo de incrementar la participación de las fuentes renovables de energía en la matriz eléctrica.

Que entre los beneficios fiscales contemplados en el Régimen de Fomento, en el inciso 6) del artículo 9° de la Ley N° 26.190, modificado por la Ley N° 27.191, se establece el derecho a percibir un Certificado Fiscal que podrán obtener los beneficiarios que en sus proyectos de inversión acrediten determinado porcentaje de integración de componente nacional en las instalaciones electromecánicas, excluida la obra civil y los costos de transporte y montaje de equipamiento, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 531 del 30 de marzo de 2016 y sus modificatorios.

Que por el artículo 8° de la Resolución Conjunta Nº 1 del 28 de septiembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se creó, en el ámbito de la ex SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Registro de Fabricantes y Proveedores de Componentes destinados a la Producción de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables, a fin de facilitar la identificación de fabricantes, proveedores y bienes de origen nacional.

Que mediante el Decreto Nº 174 del 2 de marzo de 2018 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en dicho organigrama.

Que entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se encuentra el de promover la articulación tecnológica – industrial nacional y colaborar en la identificación de fuentes de financiamiento destinadas al sector industrial.

Que, en virtud del objetivo antes mencionado, corresponde establecer el Registro de Fabricantes y Proveedores de Componentes destinados a la Producción de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables en la órbita de la citada Subsecretaría.

Que los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, y por los artículos 9°, inciso 6 del Anexo I y 14 del Anexo II y concordantes del Decreto N° 531/2016 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Y

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 8° de la Resolución Conjunta N° 1 del 28 de septiembre de 2017 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el siguiente:

“ARTÍCULO 8°.- Créase el Registro de Fabricantes y Proveedores de Componentes destinados a la Producción de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a fin de facilitar la identificación de proveedores y bienes de origen nacional.

Facúltase a dicha Subsecretaría a dictar las normas complementarias necesarias a efectos de la implementación del mencionado Registro, así como a celebrar convenios de colaboración con organismos del Sector Público Nacional con competencia en la materia.

La inscripción en este registro será de carácter obligatorio a los fines de considerar de origen nacional los bienes, partes, piezas, conjuntos y subconjuntos de bienes que provean a los proyectos cuyos titulares cuenten con el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables, como condición necesaria para su cómputo a los efectos de la percepción del Certificado Fiscal previsto en el artículo 9°, inciso 6) de la Ley N° 26.190, modificado por la Ley N° 27.191, y sus normas complementarias; siempre que los mismos cumplan con lo establecido en los artículos 4° y 5° de la presente resolución”.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan José Aranguren. — Francisco Adolfo Cabrera.

  1. 14/05/2018 N° 32815/18 v. 14/05/2018