Jefatura de Gabinete de Ministros: MEDIDAS DE SANIDAD DE FRONTERAS – Requisitos sanitarios de ingreso al Territorio Nacional

Ago 26, 2022
Jefatura de Gabinete de Ministros: MEDIDAS DE SANIDAD DE FRONTERAS – Requisitos sanitarios de ingreso al Territorio Nacional

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1°.- Establécese que el ingreso de personas al territorio nacional quedará sujeto al cumplimiento de los requisitos migratorios vigentes y a las siguientes medidas sanitarias: a. En caso de detectarse o reportarse en el punto de entrada al país un caso positivo o sospechoso de COVID-19, se procederá teniendo en cuenta iguales medidas de prevención y control que para cualquier infección respiratoria aguda, según lo establecido en el documento denominado “ESTRATEGIA DE VIGILANCIA Y CONTROL INTEGRAL DE COVID-19 Y OTRAS INFECCIONES RESPIRATORIAS AGUDAS” publicado por el MINISTERIO DE SALUD en abril del año 2022 y respetando las exigencias del REGLAMENTO SANITARIO INTERNACIONAL (2005). A tal fin, los puntos de entrada al territorio nacional deberán adecuar los Planes de Contingencia al actual escenario epidemiológico y a las medidas nacionales que se tomen al respecto, facultándose al MINISTERIO DE SALUD a dictar las que en consecuencia considere necesarias.

VER Decisión Administrativa 837/2022