MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL: REPRO II – Modificaciones

Dic 23, 2020
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL: REPRO II – Modificaciones

El Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad social resuelve que los empleadores y empleadoras que hubiesen efectuado el pago total o parcial de haberes en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores y trabajadoras dependientes del beneficio del “Programa REPRO II”, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL No 938/2020 y sus modificatorias y complementarias, y cuyo monto, sumado el pago de dicho beneficio correspondiente al mismo mes de devengamiento, supere la suma que le hubiere correspondido percibir a cada trabajador por parte de su empleador, podrán imputar el excedente a cuenta del pago del salario correspondiente al mes siguiente.