PODER EJECUTIVO NACIONAL: Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública – Modificaciones al Régimen Cambiario

Oct 13, 2022
PODER EJECUTIVO NACIONAL: Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública – Modificaciones al Régimen Cambiario

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Incorpórase en el Título III del Decreto No 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones, como artículo 13 bis, el siguiente: “Artículo 13 bis.- Quedan comprendidas en el inciso a) del artículo 35 de la Ley No 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones, las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el país para el pago de obligaciones por: a) La adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye enseñanza educativa), de conformidad a la normativa del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes. A estos efectos, el impuesto establecido en el artículo 35 de la ley se determinará de acuerdo a lo dispuesto en el inciso b) del primer párrafo de su artículo 39 en relación con los servicios alcanzados.

VER Decreto 682/2022