Tasa de Estadística. Excepciones

May 20, 2019

Hasta el 31 de diciembre de 2019, será CERO POR CIENTO (0%), la alícuota de la tasa de estadística aplicable a:

–        Los bienes de capital que se importen para ser utilizados en el marco de inversiones en desarrollos deproducción de hidrocarburos provenientes de preservorios no convencionales,

–        Las destinaciones suspensivas de importación temporaria

–        Los bienes a importarse bajo el régimen de línea de producción usada

–        Los bienes a importarse bajo el Régimen de Importación de Bienes Usados para la Industria Hidrocarburífera

–        La importación de bienes usados comprendidos en las posiciones arancelarias de los Capítulos 84 a 90 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), así como de las partes y piezas importadas a consumo para ser incorporadas a los mismos.

–        La importación de bienes nuevos integrantes de líneas de producción completas

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