Importante derogación sobre restricción de acceso al crédito

May 13, 2017

Se derogó la resolución que instruía al Banco Nación a restringir la posibilidad de acceso a créditos a aquellas personas jurídicas que tuviesen deudas correspondientes al Impuesto al Valor Agregado, anticipos al impuesto a las ganancias y a los activos y las contribuciones sociales, entre otras. Ver Resolución:

MINISTERIO DE HACIENDA Y MINISTERIO DE FINANZAS

Resolución Conjunta 1-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-07260756-APN-MF, la Resolución N° 74 de fecha 22 de febrero de 1991 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO

Que la Resolución N° 74 de fecha 22 de febrero de 1991 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA instruye al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, al ex BANCO NACIONAL DE DESARROLLO y a la ex CAJA NACIONAL DE AHORRO y SEGURO para que adecuen su política crediticia a los objetivos de política económica entonces vigentes, mediante el establecimiento de diversas pautas que restringen la posibilidad de acceso a créditos a aquellas personas jurídicas que tuviesen deudas correspondientes al Impuesto al Valor Agregado, anticipos al impuesto a las ganancias y a los activos y las contribuciones sociales, entre otras.

Que la política actual del ESTADO NACIONAL apunta a fortalecer el desempeño de las empresas, en especial las MiPyMEs, y potenciar su valor estratégico como motores y dinamizadores del desarrollo económico del país, impulsando la generación de empleo.

Que a tal fin resulta conveniente eliminar las barreras que restringen el acceso de las Empresas al Sistema Bancario Público, el que hoy se encuentra en desventaja frente a sus competidores del sector privado.

Que corresponde a las mismas entidades financieras realizar una evaluación de riesgo respecto de sus clientes, de acuerdo a su experiencia y conocimiento en la materia, sin necesidad de restricciones provenientes de políticas de estado que responden a situaciones económicas y financieras diferentes a las actuales.

Que por los argumentos mencionados y con el propósito de acompañar el proyecto del estado nacional, corresponde derogar la Resolución N° 74/91 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA. Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por los Artículos 20 y 20 quinquies de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Por ello, EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL MINISTRO DE FINANZAS RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 74 de fecha 22 de febrero de 1991 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nicolas Dujovne. — Luis Andres Caputo.

  1. 12/05/2017 N° 31723/17 v. 12/05/2017