ARBA: Adecuación del régimen de percepción de ISIB sobre operaciones de importación definitiva

Jul 7, 2020

El Director Ejecutivo de la Agencia de recaudación de la Provincia de Buenos Aires resuelve establecer, en el marco del Convenio celebrado entre la AFIP y la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral de fecha 30 de abril de 2003 y sus Actas Complementarias, un régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con relación a las operaciones de importación definitiva para consumo de mercadería, realizadas por contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con los artículos que siguen.
Se encuentran excluidas las operaciones de importación para consumo realizadas al Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego, de mercadería originaria o procedente del territorio aduanero general, y las efectuadas a este último territorio, de mercadería originaria o procedente de aquél ámbito.
A efectos de lo previsto en este artículo, el alcance de los términos «importación para consumo» y «mercadería» deberá entenderse de acuerdo a lo dispuesto en la legislación aduanera.