BCRA: Exterior y Cambio – Adecuaciones

Nov 4, 2022
BCRA: Exterior y Cambio – Adecuaciones

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:  1. Incorporar como punto 1.4. de la Comunicación “A” 7622 al siguiente: “1.4. el pago sea encuadrado por el cliente dentro del monto disponible en cada año calendario, hasta el equivalente a USD 50.000 (cincuenta mil dólares estadounidenses), para realizar pagos de importaciones de bienes en forma anticipada, a la vista o diferida antes de que se cumpla el plazo previsto en la declaración SIRA. La posibilidad de utilizar este límite anual estará sujeta a su convalidación por parte del sistema de “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior”.

VER Comunicación A-7629