BCRA: Exterior y Cambios – Adecuaciones – Operaciones comerciales de no residentes

Nov 4, 2022
BCRA: Exterior y Cambios – Adecuaciones – Operaciones comerciales de no residentes

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución con vigencia a partir del 4.11.2022: 1. Exceptuar del requisito de liquidación en el mercado de cambios previsto en el punto 2.2. de las normas de “Exterior y cambios”, en la medida que se ingresen dentro de los plazos normativos establecidos, a las siguientes operaciones de servicios: Los cobros de consumos efectuados a partir de la vigencia de la presente por no residentes mediante tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas emitidas en el exterior. Los cobros por cualquier tipo de servicio turístico en el país contratados por no residentes a partir de la vigencia de esta Resolución, incluyendo aquellos contratados a través de agencias mayoristas y/o minoristas de viajes y turismo del país. Los cobros de servicios de transporte de pasajeros no residentes con destino en el país por vía terrestre, aérea o acuática, contratados a partir de la vigencia de la presente Resolución.

VER Comunicación A - 7630