Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social: Registro de acuerdos homologados en los términos del artículo 223 bis

May 13, 2020
Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social: Registro de acuerdos homologados en los términos del artículo 223 bis

Se crea en el ámbito de la Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo el Registro de acuerdos homologados en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976).

Las Autoridades Provinciales del Trabajo que, dentro de sus competencias, homologuen acuerdos suscriptos en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), deberán informarlos e ingresarlos al Registro creado en el artículo 1° de la presente dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles contados a partir de su homologación.